Evolución y desarrollo del RSIF (Parte III): sugerencias de mejora
Llegando al final de este artículo, tras conocer la evolución y el desarrollo y los drivers de cambio del RSIF, no podemos olvidar una reflexión crítica que expreso desde el profundo respecto profesional de los colegas y entidades que han ido elaborando los sucesivos RSIF.
Reflexiones y sugerencias de mejora para el RSIF
Al lado de los aspectos hasta aquí comentados, y seguramente positivos, no puedo abstenerme de citar algunos puntos que entiendo susceptible de algunas reflexiones y sugerencias de posibles mejoras:
- Las nuevas ediciones de RSIF han inducido, a mi parecer, a una mayor complejidad en las instalaciones que creo innecesarias por el nivel de conocimiento que se requiere a las empresas instaladoras y de mantenimiento. Cito por ejemplo la obligación de válvulas de seguridad en intercambiadores de placas, ver como ejemplo los dos esquemas siguientes:
- Otro aspecto que veo ampliamente mejorable, es la normativa relativa a los gases refrigerantes a base de hidrocarburos. Veo una notable incongruidad entre los límites que se ponen a la utilización de estos gases en instalaciones de refrigeración, sobre todo considerando las excelentes propiedades termodinámicas demostradas, es, por ejemplo, el caso del R152a y R290. Por lo contrario, se permite la posibilidad de tener en domicilios o comercios bombonas de propano o butano sin prácticamente ningún control, y manejo de éstas por personas sin ninguna garantía de conocimiento o profesionalidad.
- Otro punto a mejorar es el hecho de imponer que el técnico titulado esté en la plantillas de los instaladores de nivel 2. Creo personalmente que esto es un límite a la competitividad de pequeños y medianos instaladores, pues pueden representar un freno para poder dar el salto a instalaciones de mayor contenido tecnológico y favorecer su crecimiento y mejorar con el tiempo su estructura con el resultado de ofrecer más competencia en el mercado. Por otro lado francamente no sé si esto requisito es alineado con las legislaciones de otros países europeos y como esto pueda influir en el caso que otras empresas instaladoras europeas puedan operar en España.
- Cada vez actualización del RSIF, y puede ser que esta sea una opinión solo mía, se parece más a una extensa especificación de detalles, asemejándose cada vez más a un pliego de condiciones similar al de RITE.
- Por último, expresar una duda que se basa en mi experiencia en otros mercados y que puede querer esconder, detrás de una normativa completa y exigente, la falta de control real por parte de la Administración. A este propósito, y si se me permite el paralelismo, me viene a la mente un concepto manejado en derecho penal y que dice que la seguridad de la pena es más efectiva que la dureza de la pena, facilitando, en lugar de dificultarlo, la competencia de empresa con escaso valores éticos.
Con estas reflexiones de crítica que espero se entiendan como constructivas, concluyo este artículo con mi valoración positiva de la implantación y desarrollo de los RSIF. No debemos dejar de reconocer el impulso a una mejor seguridad para los usuarios, los vecinos, el medio ambiente y la fiabilidad de funcionamiento de las instalaciones y del negocio de nuestros Clientes finales así como la contribución al desarrollo tecnológico del sector de la refrigeración.