FGas 2024, revisión del Reglamento 517/2014
INTARCON2024-03-11T08:37:45+01:00El pasado 20 de febrero de 2024 ha salido publicado el Reglamento 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los gases fluorados de efecto invernadero (FGas 2024) por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 517/2014
Principales medidas en la actualización de la normativa FGas 2024
A continuación haremos un repaso de las principales medidas que ha aprobado la Comisión Europea para la actualización de la normativa F-Gas 2024. Esta nos afecta al sector de la refrigeración y la climatización en cuanto a:
Sistema de cuotas para los Hidroflocarbonos (HFCs)
- El consumo de HFC se eliminará por completo para 2050.
- Extensión de sistema de cuotas más allá de 2030.
- Se prohíbe a partir del 1 de enero de 2025 el mantenimiento de equipos de refrigeración que utilicen gases fluorados con alto potencial de calentamiento atmosférico (2500). A menos que, los gases se recuperen o reciclen, en cuyo caso se beneficiarán de una excepción hasta 2030. Se introduce una prohibición similar para el mantenimiento de equipos de aire acondicionado y bombas de calor para 2026, con una excepción para los gases reciclados hasta 2032.
- Mayor reducción en las etapas intermedias del sistema de cuotas de HFCs.
- Inclusión, a partir del 2025, de los HFCs presentes en inhaladores dosificadores de productos farmacéuticos.
- La línea de base conforme a la cual se asignan cuotas a los importadores históricos de HFCs se define según la cantidad importada desde 2015 en adelante.
- Creación de un sistema de derechos de cuotas para productores de HFCs
- Nuevas obligaciones formales: una empresa registrada en el Portal de Fgas sólo puede tener una única dirección, un titular sólo puede tener una sola empresa registrada en dicho Portal.
- Los derechos de producción de HFC se reducirán de manera progresiva a un mínimo de un 15 % a partir de 2036.
Restricciones en el uso y eliminación de gases fluorados
- Prohibición de la venta de equipos de conmutación eléctrica con hexafluorado de azufre (SF6). Se establece un calendario de prohibiciones para la venta de este tipo de equipos con gases fluorados con un Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) mayor de 1.000 (el PCA SF6 de 24.300) en nueva instalación que va desde año 2026 a 2032 en función de la tensión de los equipos . Asimismo, a partir del 2035, para mantenimiento de equipos existentes no se podrá utilizar SF6 virgen pudiéndose utilizar sólo aquel que haya reciclado o regenerado.
- Evitar en la medida de lo posible la emisión de estos gases en obras de renovación, reforma o demolición de edificios que impliquen la eliminación de paneles con recubrimiento metálico o espumas de los tableros laminados que contengan espumas con gases fluorados. La implementación de esta medida se deberá realizar en consonancia con la normativa de residuos.
- Mejorar el cumplimiento y la implementación, facilitando medidas para un mejor control de las importaciones ilegales de gases fluorados
- Inclusión del Portal de Gases fluorados en el entorno de ventanilla única para las aduanas europeas.
- Realización por parte de aduanas análisis de riesgos conforme al Reglamento (UE) 952/2013.
- Colaboración entre Estados Miembros, así como autoridades ambientales, aduanas y autoridades de vigilancia de mercado en el control del tráfico ilícito de gases y equipos.
- La cuantía máxima de las sanciones administrativas será de 5 veces el valor de mercado de los gases o equipos importados de manera ilícita. Asimismo, podrá ser objeto de sanción penal en consonancia con la Directiva 2008/99/CE relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal. No se podrán realizar el despacho de las importaciones de HFCs sino se dispone de cuota suficiente por parte del importador en el momento de realizar dicho despacho
Controles de fugas
- Se establecen los umbrales para definir la frecuencia de los controles de fugas tanto en kg de gas refrigerante como en toneladas de CO2-eq.
Etiquetado de equipos
- Además de indicar el PCA a los 100 años de los años HFCs, debe indicarse su PCA a los 20 años.
Novedades que aplican a fabricantes de equipos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor tras la actualización de la FGas 2024
Para los fabricantes de equipos de refrigeración, como INTARCON, aire acondicionado y bombas de calor, se añadirán nuevas prohibiciones para equipos y aparatos nuevos al Anexo IV. Destaca la prohibición que establece con carácter general a aparatos de refrigeración, excepto enfriadoras, según la cual a partir del 2030 no se podrán vender nuevos aparatos/instalaciones que utilicen gases fluorados con PCA superior a 150. Asimismo, establece nuevas prohibiciones para aparatos de aire acondicionado y bombas de calor, así como enfriadoras.
Posibilidad de modificar el sistema de cuotas a los HFCs incrementando la cantidad destinada a la comercialización de bombas de calor, si conforme a una evaluación llevada a cabo por la Comisión Europea se demostrará que este sistema de cuotas estaría afectando al mercado de bombas de calor. Todo ello, con el fin de no comprometer los objetivos del Plan RePower[1] de la Unión Europea.
Además la actualización de la FGas 2024 prohíbe la exportación de equipos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor con PCA superior a 1000, a partir de un año después de la entrada en vigor de la prohibición a su comercialización en la Unión Europea conforme al calendario previsto en el artículo IV de esta propuesta de Reglamento.
¿Cómo afecta la revisión del la FGas 2024 a los instaladores de refrigeración y el aire acondicionado?
En el caso de los instaladores de refrigeración y aire acondicionado la actualización de la FGas 2024 supone:
Nuevos requisitos para el control de fugas, concretamente, la obligación de llevar a cabo controles de fugas periódicos para equipos que contengan Hidroflorocarbonos insaturados (HFOs). Con anterioridad, sólo existía esta obligación para equipos que con HFCs, perflorocarbonos (PFCs) o mezclas de los mismos. Asimismo, como se ha citado con anterioridad, se redefinen los umbrales que determinan la frecuencia de los controles de fugas.
Estable la obligatoriedad de instaladores ya certificados de realizar una formación complementaria en el plazo de 5 años tras la entrada en vigor de esta propuesta legislativa. A este respecto, conviene resaltar que España fue pionero al introducir la obligación de realizar formación en tecnologías alternativas en un plazo de 4 años tras la entrada en vigor del Real Decreto 115/2017.
Se extiende, a partir de 2025, el ámbito de aplicación de la prohibición en mantenimiento del uso de gases fluorados vírgenes con PCA superior a 2.500 a equipos con una carga inferior a 40 toneladas de CO2-eq. Permitiéndose el uso hasta el 2030 de gases reciclaos y regenerados.
Además, a partir de 2032, no se permitirá el uso de gases fluorados vírgenes con un PCA superior a 750 en equipos de refrigeración (salvo enfriadoras), en operaciones de mantenimiento de equipos existentes. Permitiéndose el uso de gases reciclados y regenerados.
Por último, en el caso de bombas de calor y aparatos de aire acondicionado, se prohibirá, a partir de 2026, el uso de gases fluorados vírgenes con PCA superior a 2.500 en operaciones de mantenimiento y revisión de equipos. Permitiéndose sólo el uso y hasta 2032, de gases reciclados y regenerados.